Manual del Seguro de Accidentes
La Comunidad Educativa Tomás Moro, plantel Lomas, implementó desde hace varios ciclos escolares el seguro de accidentes escolares, el cual les permite a todos los alumnos del Colegio acceder a dicha cobertura.
El derecho al seguro de accidentes escolares es de los alumnos de Educación Inicial, Preescolar, Primaria, Secundaria y CCH que hayan cubierto la cuota de inscripción al ciclo escolar y que estén al corriente en sus colegiaturas.
DEFINICIÓN DE ACCIDENTE ESCOLAR
Es toda lesión corporal que sufre un alumno mientras:
- a) El estudiante se encuentre realizando actividades escolares, dentro de las instalaciones de la Institución.
- b) El estudiante asista a cualquier evento académico o deportivo, organizado, supervisado y avalado por las autoridades de la Institución.
- c) El estudiante que viaje en grupo directamente hacia o desde el lugar donde se realicen los eventos, dentro de la República Mexicana y se encuentre bajo la supervisión de una autoridad escolar.
- d) Se dirija de su domicilio a la escuela o viceversa.
COBERTURAS
REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS
La compañía aseguradora reembolsará al asegurado los gastos en que éste incurra, hasta la suma asegurada de $150,000.00 descontando $1000.00 por concepto de deducible.
La compañía aseguradora sólo pagará los servicios médicos que sean proporcionados por instituciones o por personas legalmente autorizadas para el ejercicio de su actividad y que no sean familiares del asegurado.
Aviso de accidente.
Cualquier accidente que pueda ser motivo de indemnización deberá ser notificado a al Colegio dentro de los 5 días siguientes a su realización.
Pruebas de accidente.
El reclamante presentará al Colegio, además de las formas de declaración que éste le proporcione, todas las pruebas de los gastos en los que se incurrió, (facturas, recetas, estudios, resultados, etc.) mismos que deben estar a su nombre y cumplir con todos los requisitos fiscales.
IMPORTANTE.
La compañía aseguradora tendrá derecho, siempre que lo juzgue conveniente, a comprobar cualquier hecho o situación de la cual se derive, para ella, una obligación. La obstaculización por parte del contratante, del asegurado, del reclamante o de sus beneficiados para que se lleve a cabo dicha comprobación, liberará a la compañía aseguradora de cualquier obligación.
Pago de indemnizaciones.
La Compañía aseguradora pagará al asegurado la indemnización que proceda, dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se reciban todas las pruebas requeridas para fundamentar la reclamación.
PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN
- Llenar los formatos que entrega la administración del Colegio en el momento del accidente o dentro de los cinco días siguientes.
Entregar en original:
- Informe Médico. Si fue atendido por varios médicos, se deberá entregar uno por cada médico.
• Aviso de Accidente.
• Relación de comprobantes para reembolso de los gastos médicos.
* Los comprobantes de gastos deben estar a nombre del padre, madre o tutor del accidentado y cumplir con los requisitos fiscales.
* En el caso de medicamentos, se tiene que incluir la receta médica y el recibo de compra detallado por medicina y factura de los mismos.
* Las radiografías o estudios propios del accidente, se deberá anexar su interpretación médica.
- Las formas y comprobantes, con todos los requisitos mencionados, se deben entregar en la administración del Colegio, con una copia de una identificación oficial del padre, madre o tutor.
- La administración del Colegio envía a través de nuestro agente de seguros toda la documentación recibida, anexando carta original del Colegio que certifica dónde, cuándo y cómo ocurrió el accidente.
- La Compañía aseguradora, a través de nuestro agente de seguros, enviará a la administración del Colegio, las notificaciones correspondientes (transferencia interbancaria, finiquito, devolución de facturas, observaciones, etc.).
- La administración del Colegio informará al padre, madre o tutor el momento en que la Compañía aseguradora entregue el pago correspondiente.
- El padre, madre o tutor recibirá la transferencia interbancaria y firmará el finiquito.
- El original del finiquito, firmado por el padre, madre ó tutor, se le entregará a la Compañía aseguradora.